En caso de sufrir un accidente en la vía pública debes solicitar asistencia médica y dar aviso a tu seguro (denuncia). Luego, nos contactas para que analicemos tu caso. Te informaremos si es viable el reclamo y te brindaremos el mejor asesoramiento.
Paso 2: Inicio del reclamo
Cuando obtengamos los datos necesarios citaremos a una mediación tanto a la aseguradora del vehículo (ya sea una moto, auto, camión o colectivo) que te chocó así como también al conductor solicitando una indemnización por los daños sufridos, físicos si tuviste lesiones y materiales si tu vehículo sufrió daños.
Paso 3: Evaluación
Con el inicio del reclamo, en el caso de que tengas lesiones físicas lo que se solicita es una vista médica a los fines de que sean evaluadas las lesiones que tenés. En el caso de que tu vehículo haya sufrido daños, la aseguradora evaluará los mismos y el presupuesto que corresponda.
Paso 4: Acuerdo o juicio
Luego, la aseguradora realizará un ofrecimiento por todos los daños en su conjunto (si correspondiera). Si estás conforme con el monto ofrecido se firma el acuerdo en mediación y en el caso de que no estás conforme se iniciará el correspondiente reclamo judicial.
La indemnización que te corresponde depende la gravedad de las lesiones que hayas sufrido así como también de los daños que haya sufrido tu vehículo.
¿Que documentación debo tener para iniciar el reclamo?
Lo que debes tener es lo siguiente: 1- Denuncia en tu seguro 2- Póliza de cobertura de tu seguro 3- Fotocopia DNI del titular del vehículo y de los que sufrieron lesiones 4- Fotocopia de partida de nacimiento del menor (si es que hubiera alguno involucrado) 5- Fotocopia licencia de conducir tuya 6- Fotocopia del titulo del vehículo que reclama 7- Fotos de los daños materiales 8- Presupuestos para el arreglo 9- Fecha, hora y lugar del accidente 10- Patente de tu auto y modelo 11- Patente del auto que te choco y modelo 12- Nombre del conductor del otro vehículo 13- DNI del conductor del otro vehículo 14- Compañía de seguros del otro vehículo
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¿Cuánto tiempo tengo para hacer el reclamo?
El plazo máximo para reclamar es de 3 años a partir del accidente, a excepción de que haya participado en el choque un vehículo de transporte público de pasajeros que, en este caso, el plazo para reclamar es de 2 años.
¿En caso de que no cuentes con ningún dato del otro vehículo se puede realizar el reclamo?
En caso de que no cuentes con ningún dato del vehículo que te chocó porque el mismo se fugó no es posible realizar el reclamo, a excepción de que hayan cámaras de seguridad que hayan registrado el hecho.
¿Si ya cobré los daños físicos a la ART, puedo reclamar a la aseguradora nuevamente?
La respuesta es no. No se pueden reclamar dos indemnizaciones por el mismo accidente (mismas lesiones) ya que esto implicaría un enriquecimiento ilícito. Lo que sí es posible, es cobrar por los daños físicos a la ART y por los daños materiales a la aseguradora.
¿Puedo reclamar en caso de que un menor haya participado en un accidente?
La respuesta es sÍ, pero los únicos que pueden iniciar el reclamo en representación del menor son los padres.
¿Qué pasa cuando tuve un accidente en la vía pública y estoy siendo atendido por la ART?
Si estás siendo atendido por la ART conviene reclamar los daños físicos (lesiones) a la ART y los daños materiales (del vehículo) a la aseguradora del tercero. Esto es porque las ART pagan mejores indemnizaciones en cuanto a los daños físicos que las aseguradoras.